Información General
La Facultad de Derecho dependiente de la Universidad de Buenos Aires, a la vez que proporciona una formación teórica y práctica a sus alumnos, ofrece un servicio a la comunidad relacionado con el área de conocimientos que desarrolla, en cumplimiento del mandato expreso del estatuto que establece la función social que debe satisfacer la Universidad. Esta doble función es atendida por el Centro de Formación Profesional que tiene a su cargo la organización de las actividades de Consultorio, Patrocinio Jurídico, y Práctica Profesional.
Para mayor información
Horario: lunes a viernes de 9:00 a 18:00 hs.
Ubicación: Facultad de Derecho - Planta baja
Dirección: Av. Figueroa Alcorta 2263 (C1425CKB)
Teléfono: 4809-5613
E-mail:
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Autoridades
Director: Dr. Juan O. Gauna
Subdirector: Dr. Mauricio Obarrio
Secretaria: Dra. Magdalena B. Giavarino
Asignaturas
Práctico de Abogacía
Información General
El Centro de Formación Profesional cuenta con un cuerpo asistencial integrado por Trabajadores Sociales y Psicólogos, que asesoran tanto a docentes y alumnos como a los consultantes, a cargo de la Lic. Alicia Husni.
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El curso de Práctica Profesional dura un año, con ingreso de los alumnos en los meses de febrero y agosto. El número de alumnos por período lectivo es de aproximadamente dos mil y se distribuye en 102 comisiones a cargo de docentes con categorías de Jefes de Trabajos Prácticos. Los mismos son asistidos por ayudantes docentes y son responsables de la coordinación del grupo y su evaluación. Los cargos son cubiertos por concurso de carrera docente.
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Los coordinadores, con categoría de Profesores Adjuntos, supervisan a los Jefes de Trabajos Prácticos en su tarea, suplen las eventuales ausencias y colaboran en las directivas docentes impartidas por la Dirección.
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Los coordinadores a cargo del Consultorio Jurídico Gratuito reciben a los consultantes que solicitan una orientación jurídica sobre temas muy variados. Generalmente las consultas se relacionan con cuestiones de locación, documentación, radicación de extranjeros, divorcios, alimentos, régimen de visitas, cuestiones inherentes a la filiación y patria potestad, sevicias y malos tratos familiares, informaciones sumarias, aspectos penales, laborales, provisionales, etc. La consulta concluye con un informe que se brinda al interesado sugiriéndole los pasos a seguir para la solución de su problema. Si de la consulta surgiera la necesidad de un patrocinio jurídico, el consultante si reúne los requisitos de admisibilidad, es derivado a una comisión acorde con la especialidad que el caso requiera.
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La enseñanza práctica consiste en adquirir las habilidades propias de la entrevista profesional, el registro escrito de los datos, información y documentos aportados por los consultantes y el posterior estudio y discusión sobre su clasificación y análisis jurídico de fondo y estratégico procesal y la confección de un informe sobre el caso planteado y el seguimiento procesal de la causa.
En estos casos de ser pertinente la iniciación de una acción judicial, recurso administrativo, mediación, negociación extrajudicial, conciliación, etc. y si el consultante decidiera encomendárselo al Centro, el curso asumirá, bajo la responsabilidad del Jefe de Trabajos Prácticos, su patrocinio.
El servicio consiste en la preparación de los escritos, intimaciones, citaciones, diligenciamientos, trámites, etc. que sea menester para cumplimentar la vía elegida para la debida protección de o reconocimiento del derecho o interés del patrocinado.
Las actuaciones judiciales o administrativas incluyen no sólo la atención personal de las sucesivas consultas y preparación de todo tipo de escritos necesarios sino también el control y seguimiento estricto de los expedientes y la asistencia a las audiencias que se fijen.
En todas estas actividades deben intervenir activamente los alumnos, por lo cual se solicita la autorización de los Magistrados para que los alumnos asistan a las audiencias y se cumplimenten los objetivos de la Formación Profesional.
Los casos relacionados con cuestiones de familia y minoridad son tratados interdiciplinariamente con la participación de los asistentes, trabajadores sociales y psicólogos que integran el Centro.
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Condiciones que debe cumplir el consultante: Es condición para la prestación del Servicio que el patrocinado sea persona de escasos recursos y que no le permita sufragar los honorarios profesionales de un abogado de la matrícula.
En todas las comisiones se implementa este principio mediante una declaración jurada firmada por el consultante.
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Compromiso que deben asumir los consultantes cuando el caso es tomado: es condición para la prestación del servicio que el patrocinado firme la planilla de Compromiso, y cumplir las instrucciones que se le impartan, como ser:
| a.
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Concurrir a las audiencias de la causa y a la comisión cada vez que sea citado, dejándose constancia escrita de su presencia y/o inasistencia.
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| b. |
Efectuar por sí o por terceros el diligenciamiento de medidas fuera del radio de la Capital Federal.
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| c. |
Tomar a su cargo el pago de los gastos que se generen. En la práctica, tanto los alumnos como los profesores costean muchas veces dichos gastos, en ciertos supuestos por imposibilidad de los consultantes y en otros casos por tardanza en su cumplimiento y urgencia de continuar con los procedimientos judiciales por parte del patrocinio.
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| d. |
Comunicar por escrito todo cambio de domicilio dentro de las 48 horas de producido.
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| e. |
Estar domiciliado en la Capital Federal y constituir un domicilio en ésta ciudad a todos los efectos de la causa. Las notificaciones que allí reciba deberán informarlas a su patrocinante dentro de las 48 horas, de lo que se dejará constancia escrita.
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| f. |
Se hará constar en dicha planilla de compromiso que el incumplimiento de las obligaciones precedentes significarán la conclusión del patrocinio, al igual que la comprobación de falsedad de la declaración jurada o la comisión de graves faltas; aún cuando tal decisión podrá ser tomada sin necesidad de notificación alguna por las autoridades del Centro. En todos estos supuestos el Centro queda autorizado a declinar el patrocinio, así como destruir las copias de documentación del patrocinio o de la incomparecencia del patrocinado al servicio.
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| g. |
Los días lunes, martes, jueves y viernes se atienden consultas en el horario de 8 a 17 horas. Las clases prácticas se imparten en el horario de 8 a 18 horas.
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| h. |
Los días miércoles funciona el Centro de Mediación, dado que se encuentra en vigencia desde abril de 1996, la Ley 24573 de mediación obligatoria, en el cual profesores del Centro que son además mediadores realizan mediaciones para los casos que son derivados por las comisiones y en los cuales las partes carecen de recursos para abonar los gastos de la iniciación y/o eventuales honorarios de un mediador particular.
Coordina las actividades de Mediación el Dr. Julio Rey Ordoñez.
El cuerpo de mediadores está integrado por las Dras.Quiroga, María Teresa; Reggiardo, Nélida; Velázquez, Susana Andrea; Veracierto, Patricia; Dra. Di Cio, M. Elena; Dra. Giavarino, Magdalena, Dra. Di Pietro, M. Cristina; Dra. Di Loreto, M. Antonia; Dr. Re, Juan Carlos; Dra. Sandianes, Analìa; Dra. Spessot, Marta; Dra. Lipp, M. Cecilia; Dra. Dujmovic, M. Elena; Dra. Avila, Beatriz y Dra. De Benedetti, Norma.
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Sedes del Práctico de Abogacía
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Ciudad Autónoma de Buenos Aires "Palacio de Tribunales"
Talcahuano 550 8º P.
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Ciudad Autónoma de Buenos Aires. "Centro de Información Social, Asesoría Legal Popular" (C.I.S.A.L.P.)
Piedras 482 4º "M" Te:4342-0615/4331-9331
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Ciudad Autónoma de Buenos Aires. "Centro de Estudios Legales y Sociales" (C.E.L.S.)
Rodríguez Peña 286 1º P Te:4371-9968/4371-3790
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Ciudad Autónoma de Buenos Aires. " Defensa del Consumidor"
Esmeralda 340.
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Provincia de Buenos Aires "Colegio de Abogados de San Martín"
San Martín 1767 PB. San Martín.
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Provincia de Buenos Aires "Colegio de Abogados de San Isidro"
Martín y Omar 339. San Isidro
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Provincia de Buenos Aires. "Universidad de General Sarmiento"
Julio A. Roca 850. San Miguel
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Requisitos para la eximisión del Práctico Profesional
Haberse desempeñado por un lapso no inferior a los tres años y hasta un año antes del pedido, como empleados del Poder Judicial de la Nación, o de las Provincias, o del Ministerio Público. Acreditarlo mediante un Certificado Original expedido por Superintendencia.
Tener 20 (veinte) o más puntos del C.P.O.
Ver resolución 942/90 y su modificatoria 10167/98.
En caso de que el interesado no cumpliera con la totalidad de los requisitos antedichos podrá eximirse previo coloquio al que se lo convocará por resolución del señor Decano.
Plan Nuevo
Tener aprobadas las materias
- Derecho de Familia y Sucesiones (161)
- Sociedades Civiles y Comerciales (162)
- Derecho Internacional Público. (163)
Contáctenos
El Centro de Formación Profesional, funciona en el 8vo. piso del Palacio de Tribunales, sito en Talcahuano 550 de la Capital Federal.
Teléfonos: 4371-7679 /2861 /1340
E-Mail:
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